Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (A Coruña), con fecha 21 de mayo de 1998, sentencia firme en los recursos contencioso-administrativos números 4.880/1996 y 5.026/1996, promovidos por don Emilio Lago Vidal y otros, sobre multa por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Emilio Lago Vidal, don Santiago Lago Vidal y don José Manuel Lago Fernández, contra la Resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 14 de marzo de 1996, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra otro de la Dirección General de Recursos Pesqueros, de 23 de junio de 1995, por la que se impone a los recurrentes una sanción de multa por importe de 354.700 pesetas por infracción grave en materia de pesca marítima, consistente en faenar al arrastre en fondos inferiores a 200 metros; anulamos dicha Resolución por ser contraria a Derecho; sin hacer especial condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 16 de septiembre de 1998.–P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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