En el recurso contencioso-administrativo número 1.709/1996,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Jaguar Cars
Limited", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas
de 23 de abril de 1996, se ha dictado, con fecha 20 de marzo de 1998,
por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva
es como sigue:
"Fallamos: Con el alcance que se infiere de estas consideraciones que
debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la representación de ªJaguar Cars Limitedº, contra
Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 23 de abril de
1996, referida a la marca 1.619.681, ªJaguarº, por ser acto ajustado a
Derecho y sin perjuicio de que acuda a dicha Oficina con la documentación
fehaciente relativa a la alegada transferencia y la tramite en forma y sin
hacer condena en costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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