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Documento BOE-A-1998-22183

Resolución de 3 de septiembre de 1998, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes la denominada «Fundación Retevisión», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1998, páginas 31760 a 31761 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-22183

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones

Docentes de la denominada "Fundación Retevisión", instituida y domiciliada en

Madrid, paseo de la Castellana, números 83 y 85.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida por "Retevisión, Sociedad

Anónima", en escritura otorgada en Madrid, el día 29 de junio de 1998.

Segundo.-Tendrá por objeto promover actividades de investigación,

estudio, desarrollo tecnológico y aplicación, fomento empresarial,

formación y divulgación relacionadas con los campos de las telecomunicaciones

y audiovisual.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la

escritura de constitución, asciende a 10.000.000 de pesetas.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la fundación

se confía a un patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento

y renovación del patronato, constan en los estatutos, desempeñando los

patronos sus cargos con carácter gratuito.

Quinto.-El primer patronato se encuentra constituido por don Pedro

de Torres Simó como Presidente, doña Anna M. Birulés i Bertrán y don

Luis González Seara como Vocales, y como Secretario, no patrono, don

César Contreras Gayoso, habiendo aceptado todos ellos sus respectivos

cargos.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge

en los estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los

mismos a la obligación de rendición de cuentas al protectorado.

Vistos la Constitución vigente, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre

("Boletín Oficial del Estado" del 25), de Fundaciones e Incentivos Fiscales

a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Reglamento

de Fundaciones de Competencia Estatal de 23 de febrero de 1996 ("Boletín

Oficial del Estado" de 6 de marzo); el Reglamento de Fundaciones Culturales

Privadas de 21 de julio de 1972 ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de

octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de

fundación para fines de interés general.

Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría la resolución de este

expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2.h) del Real Decreto

1887/1996, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 6).

Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la

inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano

al que corresponda el ejercicio del protectorado, en cuanto a la persecución

de fines de interés generalyaladeterminación de la suficiencia de la

dotación, considerándose competente, a tal efecto, la Secretaría General

del Protectorado de Fundaciones Docentes y de Investigación, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.

Cuarto.-Examinados los fines de la fundación y el importe de la

dotación, la Secretaría General de Fundaciones Docentes y de Investigación

estima que aquéllos son de investigación e interés general y que la dotación

es inicialmente suficiente y adecuada para el cumplimiento de los fines;

por lo que, acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en

el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar

la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito estatal.

Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de

Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del

Departamento, ha resuelto:

Inscribir en el Registro de Fundaciones a la denominada "Fundación

Retevisión", de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, paseo de la

Castellana, números 83 y 85, así como el patronato, cuya composición figura

en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 3 de septiembre de 1998.-El Subsecretario, Ignacio González

González.

Sr. Secretario general de Fundaciones Docentes, de Investigación y

Deportivas.

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