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Documento BOE-A-1998-22174

Resolución de 7 de septiembre de 1998, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca a concurso de méritos plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1998, páginas 31729 a 31735 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-22174

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983,

de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado parcialmente por

el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y la Ley 3/1997,

de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide,

de Sevilla.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos,

la plaza de Cuerpos Docentes Universitarios que se relaciona en

el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes

bases:

Primera.-Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria

("Boletín Oficial del Estado" del 1 de septiembre); el Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado"

de 11 de julio) y, en lo no previsto, por la legislación general

de funcionarios civiles del Estado.

Segunda.-Para ser admitido al citado concurso se requieren

los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el

Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los

setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de

aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos

en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la

Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o

condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercera.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas

que se señalan en el artículo 4.2 del Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso, remitirán

la correspondiente solicitud al excelentísimo señor Vicepresidente

de Ordenación Académica de la Universidad Pablo de Olavide,

de Sevilla, carretera de Utrera, kilómetro 1, código postal 41013

Sevilla, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

hábiles, contados a partir de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", mediante instancia, según

modelo que se acompaña como anexo II, debidamente cumplimentada,

junto con los siguientes documentos que acrediten que reúnen

los requisitos para participar en el concurso:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de

identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título académico exigido, que

en caso de haberse obtenido en el extranjero deberá haber sido

homologado en España.

c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de

los requisitos específicos que señala la base tercera para participar

en el concurso.

La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida

siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para

solicitar la participación en el mismo.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide,

de Sevilla, la cantidad de 5.000 pesetas en concepto de derechos

de examen. El ingreso deberá efectuarse en el Monte Caja de Ahorros

de Huelva y Sevilla, en la cuenta 2098-0028-0102000081, abierta

en esa entidad a nombre de "Universidad Pablo de Olavide, de

Sevilla. Otros Ingresos", haciéndose constar los siguientes datos: Nombre

y apellidos del interesado y plaza a la que concursa.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del

pago de los derechos. La falta de este justificante determinará

la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución

del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Vicepresidente de Ordenación Académica de la Universidad Pablo

de Olavide, de Sevilla, por cualquier de los procedimientos

establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a

todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos,

con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha

Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados

podrán presentar reclamación ante el Vicepresidente de

Ordenación Académica de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,

en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente

al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexta.-La comisión deberá constituirse en un plazo no superior

a cuatro meses desde la publicación de la composición de la misma

en el "Boletín Oficial del Estado".

Dentro de dicho plazo, el Presidente de la Comisión, previa

consulta a los restantes miembros de la misma, dictará una

resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con una

antelación mínima de quince días naturales, convocando a todos

los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar

el acto de presentación de los concursantes, y con señalamiento

del lugar, día y hora de celebración de dicho acto; a estos efectos,

el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de

la comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no

podrá exceder de dos días hábiles.

Séptima.-En el acto de presentación, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada

en el artículo 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre

("Boletín Oficial del Estado", de 26 de octubre), modificado

parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín

Oficial del Estado", de 11 de julio) (modelo currículum vitae en

anexo III).

Octava.-En todo lo restante referente a la convocatoria,

integración de la comisión, pruebas, propuestas, nombramientos y

reclamaciones, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado",

de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto

1427/1986, de 13 de junio, y demás disposiciones vigentes que

lo desarrollen.

Novena.-Los candidatos propuestos para la provisión de las

plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad

Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles

siguientes al de concluir la actuación de la comisión, por cualquiera

de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de

las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública. En el caso de nacional de los demás Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados

a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por

la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la

libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se

halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea,

declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y

cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Décima.-Contra la presente Resolución y sus bases podrán

los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante

la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde

el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria,

debiendo, caso de interponer el correspondiente recurso

contencioso-administrativo, comunicar a esta universidad la interposición

del mismo, según preceptúa el artículo 110.3 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de septiembre de 1998.-P. D., el Rector accidental,

José Luis Martín Marín.

ANEXO I

Catedráticos de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de méritos

Plaza número: 1/98. Departamento: Derecho y Humanidades.

Área de conocimiento: "Derecho Civil". Actividad docente:

Enseñanza de Derecho Civil. Número de plazas: Una.

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