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Documento BOE-A-1998-22078

Resolución de 24 de agosto de 1998, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, dictada en el recurso número 3/437/1996, interpuesto por don Victoriano Lucio Revilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 21 de septiembre de 1998, páginas 31481 a 31481 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-22078

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 03/0000437/1996, interpuesto por don Victoriano Lucio Revilla, sobre sanción disciplinaria, por la que se impuso al recurrente la sanción de veinte días de suspensión de funciones, como autor disciplinariamente responsable de una falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 9 de junio de 1998, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos:

Primero.

Que debemos estimar y estimamos el presente recurso número 437/1996, interpuesto por don Victoriano Lucio Revilla, en su propio nombre y derecho, contra la resolución del Ministerio de Justicia e Interior (Dirección General de Asuntos Penitenciarios) de fecha 21 de diciembre de 1995 descrita en el primer fundamento de derecho, dejando sin efecto la sanción impuesta en la resolución recurrida al haberse extinguido por prescripción la falta disciplinaria objeto de la misma, condenando a la Administración demandada a reponer a don Victoriano Lucio Revilla en su situación jurídica individualizada, eliminando de su hoja de servicios la sanción de veinte días de suspensión de funciones que le fue impuesta.

Segundo.

No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 24 de agosto de 1998.–El Director general, Ángel Yuste Castillejo.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.

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