En el recurso contencioso-administrativo número 01/196/1997, interpuesto por don Julio García García y seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, contra Resolución de esta Dirección General desestimatoria del abono de retribuciones, concepto productividad, ha recaído sentencia de fecha 10 de junio de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto. Sin costas.»
En virtud de lo que antecede, esta Dirección General ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. S. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de julio de 1998.–El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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