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Documento BOE-A-1998-21981

Orden de 17 de julio de 1998 por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros privados de Educación Infantil y Educación Primaria denominados «San Gil» y «San José y Santa Elvira», de Torrijos (Toledo).

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 18 de septiembre de 1998, páginas 31324 a 31324 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-21981

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente promovido por don Juan Bautista Díaz Castaño,

en representación de la Asociación de Padres de Familia de Torrijos, titular

de los centros "San Gil", y doña Antonia Azpilicueta Izcue, en

representación de las Hermanas de la Caridad de Santa Ana, titular de los Centros

"San José y Santa Elvira", sitos en Torrijos (Toledo), y don Jesús Hornillos

Alonso, en representación de la Fundación Canónica "Santísimo Cristo

de la Sangre", en solicitud de cambio de titularidad,

Este Ministerio, de conformidad con el artículo 14.1 del Real Decreto

332/1992, de 3 de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 9), ha resuelto:

Primero.-Autorizar el cambio de titularidad de los centros privados

de Educación Infantil y Educación Primaria "San Gil" y "San José y Santa

Elvira", domiciliados ambos en Torrijos (Toledo), que, en lo sucesivo, será

ostentada por la Fundación "Santísimo Cristo de la Sangre", que, como

cesionaria, queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas

que afecten a los centros cuya titularidad se le reconoce y, muy

especialmente, las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros

puedan tener concedidos por el Ministerio de Educación y Cultura, así

como las derivadas de su condición de centros concertados en Educación

Primaria, aquellas que le correspondan en el orden docente y las que

se deriven de la vigente legislación laboral.

Segundo.-La modificación de la titularidad no afectará al régimen de

funcionamiento de los centros.

Tercero.-Contra la presente Orden, el interesado podrá interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo

de dos meses, a contar desde el día de su notificación, previa comunicación

a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956,

y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 17 de julio de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de

junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,

Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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