De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongoque se cumpla en sus propios términos estimatorios la expresada sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Séptima), dictada en el recurso de apelación número 7.789/1991, interpuesto por el Abogado del Estado, contra otra anterior de la Sala de igual Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Santa Cruz de Tenerife), recaída en el recurso número 116/1989, promovido por don Isael Benítez Dorta, sobre ingreso en el Cuerpo de Mutilados.
Madrid, 1 de septiembre de 1998.–P. D. (Orden 54/1982, de 16 de marzo, «Boletín Oficial del Estado» número 70), el Director general de Personal, José Antonio Cervera Madrigal.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Costes de Personal y Pensiones Militares. Unidad de Gestión de Mutilados.
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