Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-2182

Orden de 23 de diciembre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Bilbao), en los recursos contencioso-administrativos números 2.813/1992 y acumulado 3.050/1992, interpuestos por don Paulino Zabaleta Baqueriza.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1998, páginas 3370 a 3370 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-2182

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Bilbao), con fecha 30 de junio de 1997, sentencia firme en los recursos contencioso-administrativos números 2.813/1992 y acumulado 3.050/1992, promovidos por don Paulino Zabaleta Baqueriza, sobre infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

"Fallo: Que estimando los presentes recursos contencioso-administrativos acumulados números 2.813 y 3.050/1992 interpuestos por el Letrado don Gonzalo Zamanillo Arnaiz, en nombre y representación de don Paulino Zabaleta Baqueriza, contra la Orden de 3 de julio de 1992 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que resuelve desestimar el recurso de alzada contra la Resolución del Director general de Ordenación Pesquera de 4 de octubre de 1991 por la que se acuerda imponer al patrón del pesquero "Beguirari" la sanción de 1.000.000 de pesetas por faenar sin autorización los días 12 y 13 de mayo de 1990, y la Orden de 12 de junio de 1992 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que desestima el recurso de alzada contra Resolución del Director general de Recursos Pesqueros de 20 de septiembre de 1991 que acordó imponer al mismo una sanción de 1.000.000 de pesetas por una infracción administrativa en materia de pesca marítima de carácter grave, consistente en faenar al arrastre los días 29 y 30 de septiembre de 1990, debemos declarar y declaramos:

Primero.-Que los actos administrativos recurridos son disconformes con el ordenamiento jurídico y, por ello, debemos anularlos y los anulamos.

Segundo.-Hacer expresa imposición de las costas devengadas en el presente proceso a la Administración demandada."

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 23 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid