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Documento BOE-A-1998-21706

Resolución de 3 de septiembre de 1998, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos denominada «250 Aniversari del Manual Digest», Principado de Andorra.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 15 de septiembre de 1998, páginas 31033 a 31033 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-21706

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de correos «250 Aniversari del Manual Digest», Principado de Andorra.

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de una emisión de sellos de correos con la denominación de «250 Aniversari del Manual Digest», Principado de Andorra.

Segundo.

El Principado de Andorra conmemora este año doscientos cincuenta años de la redacción del Manual Digest de las Valls Neutras d’Andorra. Con este motivo, se pondrá en circulación un sello de correos que reproduce la portada del documento en la que se indica el título, contenido, autor y año de su realización.

Características técnicas:

Valor facial: 35 pesetas.

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Tamaño del sello: 28,8 × 40,9 milímetros (vertical).

Dentado: 13 3/4.

Pliegos: 24 efectos.

Tirada: 550.000.

Tercero.

La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el día 30 de septiembre de 1998.

La venta cesará el 1 de octubre de 2000, no obstante lo cual mantendrán ilimitadamente su valor a efectos de franqueo.

Cuarto.

De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 3.000 unidades a disposición de la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal, y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos quedarán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de septiembre de 1998.–El Secretario general de Comunicaciones, José Manuel Villar Uríbarri.–El Subsecretario de Economía y Hacienda, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Consejero Director general de la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos y Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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