En el recurso contencioso-administrativo número 1.449/1996,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en
Sevilla, por la representación procesal de don José María Valero Mateos,
contra la Resolución de la Dirección General de Costas de 16 de abril
de 1996, desestimatoria del recurso ordinario deducido frente a la
Resolución del Servicio de Costas de Huelva de 18 de diciembre de 1995, recaída
en el expediente sancionador incoado por infracción del artículo 33.5 de
la Ley 22/1988, de Costas, de 28 de julio, en fecha 29 de septiembre de
1997, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso
interpuesto por don José María Valero Mateos contra la Resolución de
la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes de 16 de abril de 1996, desestimatoria del recurso ordinario
deducido frente a la del Servicio de Costas de Huelva de 18 de diciembre
de 1995 dictada en expediente sancionador incoado por infracción al
artículo 33.5 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, que confirmamos, excepto en
la cuantía de la multa, que debe ser minorada a 20.000 pesetas; sin costas."
Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103
y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en
sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 28 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de
1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José
Fernández-Carnicero González.
Ilmo. Sr. Director general de Costas.
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