Una vez homologado por el Consejo de Universidades la modificación del plan de estudios para la obtención del título oficial de Licenciado en Psicología ("Boletín Oficial del Estado" número 37, de 12 de febrero de 1993), mediante acuerdo de su Comisión Académica de fecha 17 de diciembre de 1997, y de conformidad con lo dispuesto en el aparta- do 2 del artículo 10 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre,
Este Rectorado ha resuelto lo siguiente:
Publicar la modificación del plan de estudios de Licenciado en Psi cología, que a continuación se transcribe:
En la página 4524, en el punto 3, Secuenciación de asignaturas y régimen de acceso al segundo ciclo, donde dice: En el segundo ciclo se secuencian entre sí las asignaturas: Psicología de los grupos I -Psicología de los grupos II, Psicología de las Organizaciones I- Ps. de las Organizaciones II, Técnicas de Modific. De Conducta-Terapia de Conducta y Terapia de Conducta en niños, debe desaparecer.
Madrid, 7 de enero de 1998.-El Rector, Rafael Puyol Antolín.
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