Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 03/0000185/1996, interpuesto por don Joaquín Eugenio Nieto Agudo, sobre sanción disciplinaria, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia de 30 de abril de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Estimar el presente recurso número 185/1996, interpuesto por don Joaquín Eugenio Nieto Agudo, contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 14 de diciembre de 1995, que se anula por ser contraria a Derecho y, en consecuencia, se deja sin efecto la sanción de quince días de suspensión de funciones que le fue impuesta.
No hacer una expresa imposición de costas».
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 27 de julio de 1998.–El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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