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De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, en el recurso número 1.210/1995-B, interpuesto por don Fernando Javier Rubio Novillo, sobre exclusión de los turnos de Guardias de Orden y de Seguridad.
Madrid, 29 de julio de 1998.‒El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Mando de Personal. Secretaría General, Sección de Recursos. Cuartel General del Ejército.
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