En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Luis Altea García contra la Resolución del Ministro de Justicia e Interior de 18 de septiembre de 1995, la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 29 de abril de 1997, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos:
Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña Ana María Martín Espinosa, en nombre y representación de don Luis Altea García, contra la Resolución del Ministerio de Justicia e Interior de 18 de septiembre de 1995, por ser la misma ajustada a Derecho.
No haber lugar a la imposición de una especial condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 28 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 29 de octubre de 1996), el Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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