En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Gutiérrez Pomares contra la Resolución del Ministro de Justicia de 18 de octubre de 1995, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 20 de mayo de 1998, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Desestimamos íntegramente el recurso contencioso-administrativo número 1.308/1995, interpuesto por don Francisco Gutiérrez Pomares contra la Resolución del Ministro de Justicia de 18 de octubre de 1995, que desestimó la reclamación de indemnización por responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de la Administración de Justicia, por ser la Resolución combatida, en los extremos que han sido objeto de debate, conforme con el Ordenamiento jurídico; sin expresa condena al pago de las costas causadas en este proceso.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 28 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 29 de octubre de 1996), el Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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