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Documento BOE-A-1998-20180

Resolución de 28 de julio de 1998, de la Dirección General de Trabajo, por la que se acuerda homologar el Laboratorio de Higiene Industrial de la Dirección Regional de Cataluña de FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, como laboratorio especializado en la determinación de fibras de amianto para su aplicación a la higiene industrial, con la contraseña de homologación MT-HLA número 16.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 1998, páginas 28389 a 28390 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-20180

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito presentado por don José Ángel Fernando Pablo, como Director de Prevención de FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, con domicilio social en Majadahonda (Madrid), carretera de Pozuelo a Majadahonda, kilómetro 3,500,

Y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.

Mediante el escrito que encabeza la presente Resolución, se solicita la homologación del Laboratorio de Higiene Industrial de FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, de la Dirección Regional de Cataluña, para su acreditación para el contaje de fibras de amianto.

Segundo.

Con fecha 12 de diciembre de 1997, se requirió a la empresa interesada para que completara la documentación presentada, incorporándolas al expediente, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 8 de septiembre de 1987, de la Dirección General de Trabajo («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre); trámite que fue realizado el día 22 de enero de 1998.

Tercero.

De conformidad con el apartado tercero y anexo de la Resolución de 8 de septiembre de 1987 antes citada, sobre tramitación de solicitudes de homologación de laboratorios especializados en la determinación de fibras de amianto, la documentación fue remitida el 6 de febrero de 1998 al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para la realización de los correspondientes controles de calidad y emisión de su preceptivo informe-propuesta de acreditación.

Cuarto.

Con fecha 13 de julio de 1998, se recibe en este organismo escrito del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, adjuntando el informe-propuesta de acreditación realizado por su Centro Nacional de Verificación y Maquinaria en Vizcaya, en el que se recoge lo siguiente:

«Se ha comprobado que los datos y documentos del expediente corresponden a lo especificado en el artículo 2 de la Resolución de 8 de septiembre de 1997, no habiéndose producido a este respecto ninguna modificación desde la presentación de la solicitud.

Se ha comprobado que el laboratorio dispone de los recursos técnicos necesarios para realizar las determinaciones de fibras de amianto, de acuerdo con la normativa vigente, método MTA/MA-010/A87, y que la responsable de los análisis y la ayudante del laboratorio han recibido formación adecuada.

También se ha comprobado que los registros y los archivos de muestras e informes analíticos contienen los datos y documentos que figuran en la solicitud. Los métodos de trabajo y procedimientos internos para el control de la fiabilidad de los resultados que el laboratorio tiene establecidos se consideran adecuados.

Se adjuntan nuevas hojas de datos del personal, que se solicitaron durante la visita, por considerarse convenientes para completar la documentación presentada en el expediente de solicitud.

Control de calidad

El laboratorio ha participado en el Programa Interlaboratorios de Control de Calidad (PICC-FA) desde 1992 y ha mantenido su participación de forma ininterrumpida.

Evaluación de los resultados en el Programa Interlaboratorios de Control de calidad de Fibras de Amianto (PICC-FA).

La última evaluación anual de resultados del PICC-FA realizada en febrero de 1997 conduce a las siguientes observaciones en relación a este laboratorio:

El número de resultados que el laboratorio ha obtenido dentro de los límites de control en el total de las 32 últimas muestras evaluadas, ha sido »75 por 100 (»de 24 resultados). Por lo tanto el laboratorio cumple con los requisitos exigidos para ser clasificado satisfactorio, tal como establece el apartado 3 del anexo de la Resolución de 8 de septiembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de enero de 1998, sobre corrección de errores)».

Quinto.

En la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones administrativas y legales de general aplicación.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

Fundamentos de Derecho

Primero.

La competencia para conocer del presente expediente le viene atribuida a esta Dirección General por el artículo 4.º.4 de la Orden de 31 de octubre de 1984, por la que se aprueba el Reglamento sobre Trabajos con Riesgo de Amianto («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre) y Resolución de este centro directivo, de 8 de septiembre de 1987 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre), sobre tramitación de solicitudes de homologación de laboratorios especializados en la determinación de fibras de amianto.

Segundo.

Del análisis del presente expediente y, en especial, de los datos constatados en la visita de inspección y de la evaluación de los resultados de control de calidad se deduce que el laboratorio objeto del presente expediente realiza los contajes de fibras de amianto de acuerdo con la normativa vigente, método analítico MTA.MA010/A87, dispone de las instalaciones, recursos técnicos y humanos, métodos de trabajo y procedimientos para el control de la fiabilidad adecuados, y cumple con los requisitos de participación y obtención de resultados satisfactorios en el PICC-FA.

Por todo ello, la petición formulada debe de tener una favorable acogida. Por todo lo expuesto, vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general aplicación,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

1. Homologar el Laboratorio de Higiene Industrial de la Dirección Regional de Cataluña de FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, como laboratorio especializado en la determinación de fibras de amianto para su aplicación a la higiene industrial, con la contraseña de homologación, MT-HLA número 16. La validez de esta acreditación se entenderá con carácter indefinido mientras se mantengan los requisitos establecidos en el anexo de la Resolución de este centro directivo, de 8 de septiembre de 1987 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre), sobre tramitación de solicitudes de homologación de laboratorios especializados en la determinación de fibras de amianto.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el punto cuarto de la Resolución de esta Dirección General, de 8 de septiembre de 1987.

Se advierte a los interesados que esta Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y que, frente a la misma, podrán interponer recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes a partir de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 107 y 114 de la Ley 306/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de julio de 1998.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

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