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De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Quinta, en el recurso número 5/2.786/1995, interpuesto por don José Miguel Romero Hernández, sobre inutilidad física en acto de servicio.
Madrid, 22 de julio de 1998.–El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de la Guardia Civil.
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