La Junta general extraordinaria de la entidad denominada «El Porvenir del Obrero Montepío de Previsión Social» en reunión celebrada el 1 de febrero de 1992 acordó la disolución y liquidación de la misma.
Por Orden de 25 de mayo de 1993 se acuerda revocar a dicha entidad la autorización administrativa concedida para ejercer la actividad de previsión social conforme a lo dispuesto en el artículo 38, apartados b) y f), del Reglamento de Entidades de Previsión Social de 4 de diciembre de 1985.
Ultimada la liquidación y transcurrido el plazo previsto en el artículo 106 del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado de 1 de agosto de 1985, sin que se haya producido reclamación alguna ante esta Dirección General de Seguros, procede la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción de dicha entidad en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Declarar la extinción y subsiguiente cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, de la entidad «El Porvenir del Obrero Montepío de Previsión Social», (en liquidación).
Contra la presente Orden podrá interponerse, ante el Ministro de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa comunicación a este Ministerio, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y artículo 52 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, en aplicación de lo dispuesto en los números 1 y 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunica a V.I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 16 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
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