Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/410/1996, interpuesto por el Procurador don Antonio Puyol Ruiz, en nombre y representación de doña María de los Desamparados Arto Delgado, contra Resolución de 15 de febrero de 1994, de la entonces Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, por la que se acomodaba a la recurrente al puesto de trabajo de Farmacéutico Servicios Periféricos (personal no escalafonado), en el Centro Hospitalario de Madrid, como consecuencia de la modificación de la RPT aprobada mediante Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 26 de enero de 1994, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 5 de mayo de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.–Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 410/1996, interpuesto por doña María de los Desamparados Arto Delgado, representada por el Procurador don Antonio Pujol Ruiz, contra Resolución del Ministerio de Justicia de fecha 15 de febrero de 1994 y contra la Resolución de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 26 de enero de 1994, descritas en el primer fundamento de Derecho, actos que se confirman en el aspecto objeto de recurso por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.–No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 17 de julio de 1998.–El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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