En el recurso contencioso-administrativo número 2.072/1994-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Ledesa, Sociedad Anónima», actuando como coadyuvante Junta de Extremadura-Consejería de Agricultura, Industria y Comercio, contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de junio de 1993 y 9 de junio de 1994, se ha dictado, con fecha 7 de enero de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Tesorero Díaz, en nombre y representación de la razón social “Ledesa, Sociedad Anónima”, contra la Oficina Española de Patentes y Marcas, en la que ha sido parte coadyuvante la Junta de Extremadura, representada por la Procuradora señora Gómez Villalba, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho los acuerdos de la mencionada Oficina, de fechas 3 de junio de 1993 y 9 de junio de 1994, y en su consecuencia bien efectuado la inscripción de la marca 1.674.137 “Dehesa de Extremadura” para servicios de educación y esparcimiento en la clase 41 del Nomenclátor Internacional; todo ello sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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