En el recurso contencioso-administrativo número 945/1996, referente al expediente de marca número 1.649.932/8, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Effem España Inc, y Cia., contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de abril de 1994 y 8 de febrero de 1996, se ha dictado, con fecha 27 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso administrativo; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud, este organismo en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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