Por Resolución de la Presidencia del Tribunal de Cuentas de 19
de junio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de julio), se
hizo público, para general conocimiento y cumplimiento, el fallo
de la sentencia dictada el 20 de abril de 1998, por la Sección
Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal
Supremo, por la que se estima en parte el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por don Joaquín Fernández Balbín contra
la Resolución de 29 de marzo de 1995 de la Presidencia del
Tribunal, adjudicando los puestos de trabajo convocados en concurso
específico de méritos para Contadores Diplomados del Tribunal
y funcionarios del Grupo B de otras administraciones públicas,
por Resolución de esta Presidencia de 10 de noviembre de 1994.
De conformidad con lo dispuesto en el fallo de la sentencia
citada y anulados dichos actos sólo en cuanto a la plaza de
"Adjunto al Supervisor de Procedimiento", nivel 22, del Departamento
Segundo de la Sección de Enjuiciamiento (plaza número 8), que
fue declarada desierta, por entender no era conforme a Derecho,
retrotraídas las actuaciones de la Comisión de Valoración al
momento anterior al de las votaciones, reunida dicha Comisión
de Valoración y actuando la misma en la forma que resulta de
los fundamentos de derecho octavo y noveno de la citada
sentencia, elevó a la Comisión de Gobierno una nueva propuesta.
De conformidad con dicha propuesta, la Comisión de Gobierno
de este Tribunal, en su reunión del 23 de julio de 1998
(número 15/98), de acuerdo con lo establecido en los artículos 45 a 47
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la base octava de
la Resolución de convocatoria del meritado concurso
específico de méritos (publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 19
de noviembre de 1994) y demás preceptos concordantes, así como
el fallo de la sentencia de la que se da cumplimiento, ha acordado
declarar desierto el puesto de trabajo citado, por lo que esta
Presidencia, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el
artículo 2.1.c) de la Ley 7/1988, resuelve lo siguiente:
Primero.-Hacer público el Acuerdo de la Comisión de Gobierno
declarando desierto el puesto de trabajo de "Adjunto al Supervisor
de Procedimiento", nivel 22 del Departamento Segundo de la
Sección de Enjuiciamiento (plaza número 8), dado que ninguno de
los concursantes alcanzó en la segunda fase la puntuación mínima
exigida en la base segunda.2 de la convocatoria, todo ello con
efectos de 29 de marzo de 1995.
Segundo.-Contra la presente Resolución los interesados
podrán interponer recurso ordinario ante el Plano del Tribunal
de Cuentas, en el plazo de un mes, de conformidad con lo
establecido en el artículo 21.3.c) de la Ley 2/1982, de 12 de mayo,
Orgánica del Tribunal, y artículo 3.j) y disposición adicional
primera,1y4,delaLey7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento
del Tribunal de Cuentas, en relación con los artículos 114.2 y 48.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 29 de julio de 1998.-El Presidente, Ubaldo Nieto de
Alba.
Ilmo. Sr. Secretario general del Tribunal de Cuentas.
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