Por Resolución de 12 de julio de 1982 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 18 de agosto), se incoó expediente para la declaración de monumento histórico-artístico a favor de la iglesia antigua de Sant Fermí i Sant Pere, en Rellinars (Vallès Occidental);
Visto el informe desfavorable a la declaración de la iglesia antigua de Sant Fermí i Sant Pere, de 19 de noviembre de 1997, emitido por el Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán, en el que se hace constar que los valores culturales de dicha iglesia son sólo destacables desde el punto de vista local, pero no en el ámbito del patrimonio arquitectónico de Cataluña;
Considerando el artículo 8.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, que exige el informe favorable del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán para que se declare un bien cultural de interés nacional;
Considerando que se ha dado audiencia a los interesados y que no se ha presentado ninguna alegación,
Resuelvo:
1. Archivar el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional de la iglesia antigua de Sant Fermí i Sant Pere, en Rellinars, y, en consecuencia, dejar sin efectos la Resolución de 12 de julio de 1982, por la que se incoaba el expediente referenciado.
2. Notificar la presente Resolución a los interesados, dar traslado de las mismas al Ayuntamiento de Rellinars y hacerle saber que se levanta la suspensión de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas y de los efectos de las licencias ya otorgadas.
Barcelona, 2 de julio de 1998.‒El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid