La Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria,
establece que el presupuesto de las Universidades contendrá, en su estado
de ingresos, entre otros conceptos, las tasas académicas y demás derechos
que legalmente se establezcan.
Por su parte, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
otorga a las referidas tasas la consideración de precios públicos.
De acuerdo con dichas normas y teniendo en cuenta la Orden de 2
de agosto de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 28), que encomienda
al Ministerio de Educación y Cultura la aprobación del importe de los
precios públicos de la Universidad Internacional "Menéndez Pelayo",
dependiente de la Administración General del Estado, así como la Memoria
económico-financiera a que se refiere el artículo 26.2 de la ya citada
Ley 8/1989, elaborada de acuerdo con la propuesta de la Junta de Gobierno
de la Universidad, por medio de la presente Orden se actualizan los precios
a satisfacer por la prestación de servicios académicos para el año 1998,
en la mencionada Universidad.
En su virtud, y al amparo de la habilitación conferida por el
artículo 26.1 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
dispongo:
Primero.-Los precios a satisfacer por la prestación del servicio público
de la educación superior en la Universidad Internacional "Menéndez
Pelayo", en los estudios conducentes a la obtención de los títulos y diplomas
no oficiales que expide dicha Universidad, en el año 1998, serán abonados
de acuerdo con las tarifas del anexo que se establecen en la presente
Orden.
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 1 de julio de 1998.
AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Universidades, Investigación y
Desarrollo; Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación
Científica, y Excmo. Sr. Rector magnífico de la Universidad
Internacional "Menéndez Pelayo".
ANEXO
Tarifas
I. Cursos, Seminarios y Encuentros a celebrar en todas las sedes,
menos en la de Tenerife
Matrícula de curso tipo A: 17.000 pesetas.
Matrícula de curso tipo B: 22.000 pesetas.
Matrícula de curso tipo C: 30.000 pesetas.
Matrícula de curso tipo D: 46.000 pesetas.
Matrícula de curso tipo E: 75.000 pesetas.
A los alumnos residentes en Cantabria se les realizará, en la sede
de Santander, un descuento del 10 por 100 en el precio de la matrícula,
excepto para los cursos del tipo E.
A los cónyuges, ascendientes y descendientes directos de los empleados
de la UIMP se les realizará un descuento del 50 por 100 en el precio
de la matrícula del primer curso y un 10 por 100 en el del segundo y
siguientes, excepto para los cursos del tipo E.
II. Cursos y Seminarios a celebrar en la sede de Tenerife
Matrícula de curso: 10.500 pesetas.
III. Encuentros y Talleres sobre temas específicos y de duración inferior
a una semana
Matrícula reducida en todas las sedes: 10.000 pesetas.
IV. Cursos de enseñanza del español como lengua extranjera
Matrícula de curso: 40.000 pesetas.
V. Cursos de español para extranjeros
Julio Pesetas
Agosto Pesetas
Septiembre pesetas
Alumnos externos.................... 63.000 63.000 48.000
Alumnos internos:
Habitación individual.............183.000 183.000 144.000
Habitación doble (caballerizas) . . . 173.000 173.000 128.000
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