En el recurso contencioso-administrativo número 206/1995, referente al expediente de marca internacional número 561.408, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Puleva, Unión Industrial y Agroganadera, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 1 de septiembre de 1993 y 4 de octubre de 1994, se ha dictado, con fecha 20 de diciembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por “Puleva, Unión Industrial y Agroganadera, Sociedad Anónima”, contra las Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fechas 1 de septiembre de 1993 y 4 de octubre de 1994, debemos declarar y declaramos conforme a Derecho las Resoluciones recurridas. No se hace expresa condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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