En el recurso contencioso-administrativo número 1.953/1995,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Banco Pastor,
Sociedad Anónima", actuando como coadyuvante "The British Petroleum
Company P. L. C.", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes
y Marcas de 4 de febrero de 1994y3demayo de 1995, se ha dictado,
con fecha 14 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada
firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo
número 1.953/1995, promovido por la Procuradora doña María del Carmen
Ortíz Cornago, en nombre y representación de ªBanco Pastor, Sociedad
Anónimaº, contra las Resoluciones de la Oficina Española de Patentes
y Marcas, de 4 de febrero de 1994, confirmadas en vía de recurso por
Resolución del 3 de mayo siguiente, por las que se concedió la inscripción
de las marcas número 1.693.848, ªBP Plusº, en clase 35; número 1.693.849,
en clase 36; número 1.693.850, ªBP Plusº, con gráfico en clase 35, y número
1.693.851, en clase 36, debemos declarar y declaramos que dichas
Resoluciones son conformes con el ordenamiento jurídico, por lo que deben
ser confirmadas. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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