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Documento BOE-A-1998-18878

Resolución de 9 de julio de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Dirección General de Deportes y Juventud de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León, para la realización de actividades de intercambio juvenil.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1998, páginas 26701 a 26702 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-18878

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha 3 de junio de 1998 Convenio de colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Dirección General de Deportes y Juventud de la Junta de Castilla y León para la realización de actividades de intercambio juvenil, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de julio de 1998.‒El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA JUVENTUD Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES Y JUVENTUD DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO JUVENIL

En Madrid, a 3 de junio de 1998.

REUNIDOS

De una parte, don Ricardo Tarno Blanco, Director general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996, de 17 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 121, del 18), en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995.

Y de otra parte, don Miguel Ángel García Recio, como Director general de Deportes y Juventud de la Consejería de Educación y Cultura, nombrado por Decreto 223/1991 («Boletín Oficial de Castilla y León» de 26 de julio).

EXPONEN

Primero.

Que el Instituto de la Juventud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 565/1985, en relación con los artículos 48 y 149.1.3.a de la Constitución, tiene entre otros fines:

La ejecución de la política del Departamento respecto de la juventud, en colaboración con los Departamentos ministeriales y las Administraciones públicas, cuyas actividades inciden sobre este sector de la población.

El fomento de las relaciones y de la cooperación internacional en materia de juventud.

Segundo.

Que la Dirección General de Deportes y Juventud tiene encomendado el ejercicio de las competencias exclusivas que en materia de juventud corresponden a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en su ámbito territorial, de conformidad con el artículo 26 de su Estatuto de Autonomía.

Tercero.

Que habiéndose previsto en el marco de la cooperación en materia de juventud entre España y otros países la realización de programas de intercambio que se materializarán en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, se hace necesario contar con la colaboración de ésta.

Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de los programas de intercambio juvenil aprobados por las Subcomisiones Mixtas de Intercambio Juvenil y Programas de Aplicación de los Convenios Culturales que se desarrollen en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

Segunda.

La colaboración a que se refiere la estipulación anterior se realizará para la ejecución de los siguientes programas:

Subcomisión Mixta Hispano-Alemana:

Programa A.23: Campo de trabajo, durante veintiún días, sobre tradiciones populares y problemas ecológicos en una región rural, con 15 participantes alemanes. Ejecución a cargo de la Dirección General de Deportes y Juventud.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 762.000 pesetas para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades culturales e interpretación.

Subcomisión Mixta Hispano-Belga:

Comunidad francesa: Encuentro en Valladolid, durante cinco días, sobre información, documentación y asesoramiento, con tres participantes belgas. Ejecución a cargo de la Dirección General de Deportes y Juventud.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 130.000 pesetas para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno y actividades culturales.

Intercambio Hispano-Griego:

Programa 1: Encuentro en Valladolid, durante seis días, sobre tecnología de la información, con cuatro participantes griegos. Ejecución a cargo de Centro de Información-Red Central.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 260.000 pesetas para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades culturales e interpretación.

Subcomisión Mixta Hispano-Italiana:

Programa B.5: Encuentro en Valladolid, durante cinco días, sobre proyectos juveniles transnacionales en el ámbito europeo, con cuatro participantes italianos. Ejecución a cargo de la Asociación Juvenil Alborada.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 172.000 pesetas para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.

Programa B.6: Encuentro en Valladolid, durante cinco días, sobre información juvenil, con seis participantes italianos. Ejecución a cargo de la Dirección General de Deporte y Juventud.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 232.000 pesetas para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.

Tercera.

1. Los compromisos de ambas partes serán los siguientes:

1.1 Del Instituto de la Juventud:

a) Relación institucional con los Ministerios de los países con los que se han establecido programas de cooperación en materia de juventud, determinando contenidos y condiciones generales para la realización de los programas.

b) Facilitación de la información necesaria a la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el desarrollo de las actividades.

c) Aportación de la cantidad máxima de 1.556.000 pesetas, con cargo al concepto presupuestario 226 de su vigente presupuesto. Tal aportación será librada por el Instituto de la Juventud «en firme, previa cuenta».

1.2 De la Comunidad Autónoma de Castilla y León: Correrá a su cargo la ejecución de los programas a que se refiere la estipulación anterior, aportando la infraestructura y los medios materiales y personales necesarios para el desarrollo de los mismos.

2. La rendición de la cuenta al Instituto de la Juventud por la Comunidad Autónoma de Castilla y León se hará conforme a las normas económico-administrativas de aquél.

Cuarta.

Una vez finalizada cada una de las actividades, se remitirá al Instituto de la Juventud, en el plazo de treinta días, informe que contenga las conclusiones, sugerencias o propuestas obtenidas de la misma.

Quinta.

El presente convenio tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 1998. En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas mediante el presente convenio, la otra podrá denunciarlo y dar por resuelto aquél.

Sexta.

Este convenio se encuentra excluido del ámbito de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de los establecido en el artículo 3.1.c) de dicho texto legal.

Séptima.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente convenio, dada su naturaleza jurídico-administrativa, serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y, en prueba de su conformidad, firman las partes el presente convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha antes indicados.‒El Director general del Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno Blanco.‒El Director general de Deportes y Juventud de la Junta de Castilla y León, Miguel Ángel García Recio.

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