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Documento BOE-A-1998-18878

Resolución de 9 de julio de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Dirección General de Deportes y Juventud de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León, para la realización de actividades de intercambio juvenil.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1998, páginas 26701 a 26702 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-18878

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha 3 de junio de 1998 Convenio de colaboración entre

el Instituto de la Juventud y la Dirección General de Deportes y Juventud

de la Junta de Castilla y León para la realización de actividades de

intercambio juvenil, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del

artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio, que figura como anexo

de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de julio de 1998.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez

Fierro.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA

JUVENTUD Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES Y JUVENTUD

DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE LA JUNTA

DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

DE INTERCAMBIO JUVENIL

En Madrid,a3dejunio de 1998.

REUNIDOS

De una parte, don Ricardo Tarno Blanco, Director general del Instituto

de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996, de 17 de mayo

("Boletín Oficial del Estado" número 121, del 18), en nombre y

representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo

del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995,

Y de otra parte, don Miguel Ángel García Recio, como Director general

de Deportes y Juventud de la Consejería de Educación y Cultura, nombrado

por Decreto 223/1991 ("Boletín Oficial de Castilla y León" de 26 de julio).

EXPONEN

Primero.-Que el Instituto de la Juventud, de acuerdo con lo establecido

en el Artículo 26 del Real Decreto 565/1985, en relación con los artículos 48

y 149.1.3. a de la Constitución, tiene entre otros fines:

La ejecución de la política del Departamento respecto de la juventud,

en colaboración con los Departamentos ministeriales y las

Administraciones públicas, cuyas actividades inciden sobre este sector de la población.

El fomento de las relaciones y de la cooperación internacional en

materia de juventud.

Segundo.-Que la Dirección General de Deportes y Juventud tiene

encomendado el ejercicio de las competencias exclusivas que en materia de

juventud corresponden a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en

su ámbito territorial, de conformidad con el artículo 26 de su Estatuto

de Autonomía.

Tercero.-Que habiéndose previsto en el marco de la cooperación en

materia de juventud entre España y otros países la realización de

programas de intercambio que se materializarán en el ámbito territorial de

la Comunidad Autónoma de Castilla y León, se hace necesario contar

con la colaboración de ésta.

Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de

colaboración que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la

colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de

Castilla y León, para la realización de los programas de intercambio juvenil

aprobados por las Subcomisiones Mixtas de Intercambio Juvenil y

Programas de Aplicación de los Convenios Culturales que se desarrollen en

el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

Segunda.-La colaboración a que se refiere la estipulación anterior se

realizará para la ejecución de los siguientes programas:

Subcomisión Mixta Hispano-Alemana:

Programa A.23: Campo de trabajo, durante veintiún días, sobre

tradiciones populares y problemas ecológicos en una región rural, con 15

participantes alemanes. Ejecución a cargo de la Dirección General de

Deportes y Juventud.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 762.000 pesetas

para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades

culturales e interpretación.

Subcomisión Mixta Hispano-Belga:

Comunidad francesa: Encuentro en Valladolid, durante cinco días,

sobre información, documentación y asesoramiento, con tres participantes

belgas. Ejecución a cargo de la Dirección General de Deportes y Juventud.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 130.000 pesetas

para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno y actividades

culturales.

Intercambio Hispano-Griego:

Programa 1: Encuentro en Valladolid, durante seis días, sobre tecnología

de la información, con cuatro participantes griegos. Ejecución a cargo de

Centro de Información-Red Central.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 260.000 pesetas

para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades

culturales e interpretación.

Subcomisión Mixta Hispano-Italiana:

Programa B.5: Encuentro en Valladolid, durante cinco días, sobre

proyectos juveniles transnacionales en el ámbito europeo, con cuatro

participantes italianos. Ejecución a cargo de la Asociación Juvenil Alborada.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 172.000 pesetas

para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.

Programa B.6: Encuentro en Valladolid, durante cinco días, sobre

información juvenil, con seis participantes italianos. Ejecución a cargo de la

Dirección General de Deporte y Juventud.

Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 232.000 pesetas

para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.

Tercera.-1. Los compromisos de ambas partes serán los siguientes:

1.1 Del Instituto de la Juventud:

a) Relación institucional con los Ministerios de los países con los

que se han establecido programas de cooperación en materia de juventud,

determinando contenidos y condiciones generales para la realización de

los programas.

b) Facilitación de la información necesaria a la Comunidad Autónoma

de Castilla y León para el desarrollo de las actividades.

c) Aportación de la cantidad máxima de 1.556.000 pesetas, con cargo

al concepto presupuestario 226 de su vigente presupuesto. Tal aportación

será librada por el Instituto de la Juventud "en firme, previa cuenta".

1.2 De la Comunidad Autónoma de Castilla y León: Correrá a su cargo

la ejecución de los programas a que se refiere la estipulación anterior,

aportando la infraestructura y los medios materiales y personales

necesarios para el desarrollo de los mismos.

2. La rendición de la cuenta al Instituto de la Juventud por la

Comunidad Autónoma de Castilla y León se hará conforme a las normas

económico-administrativas de aquél.

Cuarta.-Una vez finalizada cada una de las actividades, se remitirá

al Instituto de la Juventud, en el plazo de treinta días, informe que contenga

las conclusiones, sugerencias o propuestas obtenidas de la misma.

Quinta.-El presente Convenio tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre

de 1998. En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las

obligaciones contraídas mediante el presente Convenio, la otra podrá

denunciarlo y dar por resuelto aquél.

Sexta.-Este Convenio se encuentra excluido del ámbito de la Ley de

Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de los establecido

en el artículo 3.1.c) de dicho texto legal.

Séptima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente

Convenio, dada su naturaleza jurídico-administrativa, serán sometidas a

la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y, en prueba de su conformidad, firman las partes el presente Convenio

en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el

lugar y fecha antes indicados.-El Director general del Instituto de la

Juventud, Ricardo Tarno Blanco.-El Director general de Deportes y Juventud

de la Junta de Castilla y León, Miguel Ángel García Recio.

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