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Documento BOE-A-1998-18862

Orden de 5 de junio de 1998 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «Instituto Internacional de Técnicas Especializadas», sito en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1998, páginas 26692 a 26693 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-18862

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de la representante legal de

la compañía mercantil "Instituto Internacional de Técnicas Especializadas,

Sociedad Anónima", solicitando la autorización de apertura y

funcionamiento de un Centro de Formación Profesional Específica que se

denominaría "Instituto Internacional de Técnicas Especializadas", y que estaría

situado en el paseo de La Habana, 43, de Madrid, para impartir ciclos

formativos de grado superior,

Este Ministerio, con arreglo a o dispuesto en el artículo 7.3 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro que a

continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Instituto Internacional de Técnicas

Especializadas". Domicilio: Paseo de La Habana, 43. Localidad: Madrid. Municipio:

Madrid. Provincia: Madrid. Titular: "Instituto Internacional de Técnicas

Especializadas, Sociedad Anónima".

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclos formativos de Grado Superior:

a) Turno diurno: Administración y finanzas.

Capacidad: Número de grupos: dos. Número de puestos escolares: 60.

Gestión Comercial y Marketing.

Capacidad: Número de grupos: uno. Número de puestos escolares: 30.

Secretariado.

Capacidad: Número de grupos: uno. Número de puestos escolares: 30.

b) Turno vespertino: Administración y Finanzas.

Capacidad: Número de grupos: dos. Número de puestos escolares: 60.

Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Capacidad: Número de grupos: dos. Número de puestos escolares: 60.

Gestión Comercial y Marketing.

Capacidad: Número de grupos: uno. Número de puestos escolares: 30.

Secretariado.

Capacidad: Número de grupos: 1. Número de puestos escolares: 30.

Segundo.-El centro no podrá sobrepasar, en ninguno de los turnos,

la capacidad máxima del mismo en horario simultáneo fijada en el apartado

anterior.

Tercero.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación

NBE CPI/96 de Condiciones de Protección Contra Incendios en los

Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Cuarto.-Con carácter previo al comienzo de las actividades educativas

del centro, la Dirección Provincial del Departamento en Madrid deberá

comprobar que el equipamiento se adecua al establecido en el anexo de

la Resolución de la Dirección General de Centros Educativos de 9 de febrero

de 1998 por la que se aprobó el expediente y proyecto de obras del centro.

Quinto.-Antes del inicio de las actividades educativas de los ciclos

formativos de Grado Superior, la Dirección Provincial del Departamento

en Madrid, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación,

deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el centro,

que deberá cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 23 de febrero

de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 27) por la que se regulan las

titulaciones mínimas y condiciones que deben poseer los Profesores para

impartir Formación Profesional Específica en los centros privados y en

determinados centros de titularidad pública.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa

comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 5 de junio de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de

junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,

Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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