En el recurso contencioso-administrativo número 5/2.164/1995,
interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo,
Sección Quinta, por don Román Oyarzun Marchesi y don Eugenio Bregolat
y Obiols, contra la Administración General del Estado sobre revisión de
retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha
dictado, con fecha 27 de enero de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva
dice así:
"Fallamos:
Que, rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por la Abogacia
del Estado y desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la representación de don Román Oyarzun Marchesi y don
Eugenio Bregolat y Obiols, contra las Resoluciones del Ministerio de Asuntos
Exteriores de 5 de junio de 1995, debemos declarar y declaramos que
las resoluciones impugnadas son conformes a Derecho, sin hacer expresa
imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre
de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la
referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial
del Estado" .
Madrid, 6 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de Carvajal
Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid