El Real Decreto 2976/1983, de 9 de noviembre, por el que
se regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios
Colectivos, dispone, en su artículo 4, su composición, así como la forma
de llevarse a cabo el nombramiento de sus miembros, lo que se
efectuó respecto a la última composición por Orden de 3 de marzo
de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14).
Mediante escrito de 20 de mayo de 1998, la Confederación
Española de Organizaciones Empresariales comunicó a la
Secretaría de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos
la sustitución de don Rafael Ruiz Ortega en la representación de
la Confederación Española de Organizaciones Empresariales en
la referida Comisión, por don Francisco Avendaño Martínez.
Mediante escrito de 27 de noviembre de 1997, la Confederación
Intersindical Galega comunicó a la Secretaría de la Comisión
Consultiva Nacional de Convenios Colectivos la sustitución de don
Xan Andrés Carballo Rodríguez, Vocal suplente en la
representación de la Confederación Intersindical Galega por don Alfonso
Tellado Sande.
En su consecuencia, en uso de las facultades conferidas por
el artículo 4 del Real Decreto 2976/1983, he tenido a bien
nombrar, en las sustituciones antes indicadas, Vocal titular
representante de Organizaciones Empresariales a don Francisco Avendaño
Martínez, del Departamento de Relaciones Laborales de la
Confederación Española de Organizaciones Empresariales y Vocal
suplente representante de Organizaciones Sindicales a don Alfonso
Tellado Sande, responsable de Negociación Colectiva de
Confederación Intersindical Galega, debiendo efectuarse la consiguiente
modificación en la composición publicada por Orden de 3 de marzo
de 1997.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos
oportunos.
Madrid, 21 de julio de 1998.
ARENAS BOCANEGRA
Ilmo. Sr. Presidente de la Comisión Nacional de Convenios
Colectivos.
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