En el recurso contencioso-administrativo número 266/1991, referente al expediente de marca número 1.204.612/4, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Frigo, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de septiembre de 1989 y 20 de agosto de 1990, se ha dictado, con fecha 17 de abril de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo formulado por la entidad “Frigo, Sociedad Anónima”, contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial a que los presentes autos se refieren, sin imposición de las costas devengadas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido de la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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