De acuerdo con lo previsto en el artículo 105.1.a) de la Ley de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene
a acordarse la ejecución, en sus propios términos, de la sentencia de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía de 21 de mayo de 1998, que es firme, recaída en el recurso
número 1.937/95, interpuesto por don Francisco Ortiz Pérez, contra la
Resolución de la Junta de Gobierno de la Universidad de Córdoba, de
fecha 25 de octubre de 1995, que acordó adjudicar las plazas de Profesor
asociado número C.035/95 y C.036/95, a don Alberto Escudero Millares
y a don Enrique Muñoz de Juan, siendo su parte dispositiva del siguiente
tenor literal.
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente
recurso, al ser la Resolución recurrida acorde con el orden jurídico. No procede
hacer un pronunciamiento condenatorio sobre costas."
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con la competecia
que le confiere el artículo 63.II) de los Estatutos provisionales de la
Universidad de Córdoba, aprobados por Real Decreto 184/1985, de 31 de
julio ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 30 de agosto), acuerda
la ejecución del fallo que se acaba de transcribir, en sus propios términos,
adoptando las medidas necesarias al efecto.
Córdoba, 16 de julio de 1998.-El Rector, Eugenio Domínguez Vilches.
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