De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo
que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme
dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid (Sección Octava), en el recurso número 481/1992,
interpuesto por don Manuel Gancedo Florín, sobre exclusión del servicio
militar.
Madrid, 9 de julio de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez
Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar.
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