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Documento BOE-A-1998-18364

Resolución de 3 de julio de 1998, de la Universidad del País Vasco, por la que se convoca a concurso de méritos una plaza de Profesor titular de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 1998, páginas 25933 a 25937 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-18364

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta de

Gobierno, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto; Real Decreto 1888/1984, de 26

de septiembre, y los Estatutos de esta Universidad,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos

una plaza de Profesor titular de Universidad, que se especifica

en el anexo I de la presente Resolución.

Primero.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre

de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985);

Estatutos de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko

Unibertsitatea ("Boletín Oficial del País Vasco", de 21 de marzo de

1985 y "Boletín Oficial del Estado" de 11 de junio); Ley 17/1993,

de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24); Real

Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"

de 7 de junio); Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de

23 de enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28) y, en

lo no previsto en las precitadas disposiciones, le será de aplicación

la legislación general de funcionarios civiles del Estado, y se

tramitarán independientemente para cada una de las plazas

convocadas.

Segundo.-Para ser admitidos a los citados concursos se

requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al

que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la

Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla

definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,

según lo dispuesto por la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y

por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la

edad de jubilación.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autónoma, institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas. En caso de no poseer la

nacionalidad española, no estar sometido a sanción disciplinaria o

condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercero.-Asimismo, los solicitantes deberán reunir las

siguientes condiciones académicas específicas:

a) Para concursar a plazas de Profesor titular de Escuelas

Universitarias, estar en posesión del título de Licenciado,

Arquitecto o Ingeniero Superior. También podrán concursar a las plazas

de Profesor titular de Escuelas Universitarias que tengan la

denominación de las áreas de conocimiento relacionados en el anexo

de la Orden de 28 de diciembre de 1984 ("Boletín Oficial del

Estado" de 16 de enero de 1985), los Diplomados, Arquitectos

técnicos o Ingenieros técnicos, según se especifica en el acuerdo

de 17 de abril de 1990, del Consejo de Universidades ("Boletín

Oficial del Estado" de 24 de julio).

b) Para concursar a plazas de Catedrático de Escuelas

Universitarias y del Profesor titular de Universidad, estar en posesión

de título de Doctor.

c) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad,

tener la condición de Catedrático de Universidad, o bien la de

Profesor titular de Universidad o Catedrático de Escuelas

Universitarias con tres años de antigüedad a la publicación de la

convocatoria, en uno de ellos o entre ambos Cuerpos, y la titulación

de Doctor. Asimismo, podrán concursar a estas plazas los Doctores

a los que el Consejo de Universidades haya eximido de estos

requisitos.

d) Podrán concursar a plazas convocadas a concurso de

méritos los Profesores del Cuerpo a que corresponda la plaza. Cuando

la plaza convocada a concurso de méritos sea de Profesor titular

de Universidad o de Catedrático de Escuelas Universitarias podrán

concurrir, indistintamente, Profesores de ambos Cuerpos. A las

plazas de Profesor titular de Escuelas Universitarias convocadas

a concurso de méritos podrán concurrir también los Catedráticos

numerarios de Bachillerato.

Las condiciones académicas de titulación enumeradas en los

apartados anteriores expedidas en otros Estados miembros de la

Comunidad Europea a nacionales de cualquier Estado miembro

deberán estar acompañadas de la correspondiente Orden del

Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido

en dichos Estados, de acuerdo con lo previsto en el apartado

noveno de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 23 de

enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).

En caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas

se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la

correspondiente homologación en España, que se acreditará

mediante credencial expedida por la Subdirección General de

Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.

Para concursar a las plazas bilingües se exigirá superar una

prueba previa específicamente destinada a comprobar la capacidad

docente en euskara, para lo cual deberá realizarse una exposición

oral y un ejercicio escrito ante la Comisión correspondiente

nombrada por el Rector de la Universidad del País Vasco/Euskal

Herriko Unibertsitatea.

Cuarto.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán

la correspondiente solicitud al excelentísimo y magnífico señor

Rector de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko

Unibertsitatea, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre),

en el plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante

instancia, según modelo anexo II, debidamente cumplimentada, junto

con los documentos (fotocopias compulsadas o certificados

originales) que acrediten reunir las condiciones académicas

específicas para participar en el concurso, así como fotocopia simple

del documento nacional de identidad o pasaporte. Asimismo, en

caso de no poseer la nacionalidad española, deberán acreditar

su nacionalidad, mediante la presentación de los documentos

correspondientes, certificados por las autoridades competentes de

su país de origen. Los interesados que tramiten la documentación

en el extranjero deberán compulsar los documentos en la

respectiva representación diplomática española. Las instancias serán

facilitadas en el Rectorado de la Universidad, sito en el Campus

de Leioa (Vizcaya), y en los Vicerrectorados de Guipúzcoa (avenida

de Tolosa, 107, y paseo de Arriola, 2), y Álava (calle Comandante

Izarduy, 2), y deberá presentarse una instancia y documentación

por cada plaza a la que se desee concursar.

El horario de las cuatro secciones del Registro General de la

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea es el

siguiente:

De lunes a viernes, de nueve a trece y de quince treinta a

dieciséis treinta horas.

Los viernes, y durante la jornada continua de verano, de nueve

a trece horas.

Cuando el último día del plazo de presentación de instancias

sea sábado, y dado que en dicho día no funciona el Registro

General de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea,

se entenderá prorrogado al siguiente día hábil en que funcione

el Registro General.

Las instancias presentadas en las oficinas de Correos deberán

cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del

Reglamento de los Servicios de Correos. Las instancias se

presentarán en sobre abierto para que el empleado estampe el sello

de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo

figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.

La concurrencia de los requisitos generales, así como de las

condiciones académicas específicas para participar en el concurso,

deberán estar referidas siempre a una fecha anterior a la de

expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original,

que deberá unirse a la solicitud que se presente para participar

en el concurso, haber abonado, por cada una de las plazas que

se soliciten, según se detalla a continuación y para cada uno,

la cantidad de:

Doctores: 1.580 pesetas (480 pesetas de formación de

expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).

Licenciado: 1.390 pesetas (290 pesetas de formación de

expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).

Diplomados: 1.300 pesetas (200 pesetas de formación de

expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).

Serán excluidos todos aquellos aspirantes que no hayan

abonado las precitadas cantidades dentro del plazo habilitado para

la presentación de instancias, prescrito en el apartado cuarto de

esta Resolución, no concediéndose plazo alguno adicional para

el abono de las mismas.

El pago de los derechos se efectuará mediante ingreso o

transferencia bancaria a la cuenta corriente número 32.3900223-3

abierta al efecto en la Bilbao Bizcaia Kutxa, sucursal 2095.0260-8,

con el título "Universidad del País Vasco/EHU-Vicerrectorado de

Profesorado", especificando el nombre, apellidos y número de

orden de la plaza a la que concursa; o por cualquiera de los medios

establecidos en el artículo 38.6 de la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Los concursantes que efectúen el pago mediante giro postal

o telegráfico deberán dirigirlo a la Sección de Concursos, apartado

de correos 1.397, 48080 Bilbao.

Quinto.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko

Unibertsitatea, por cualquiera de los medios establecidos en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes

relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de

las causas de exclusión. Contra dicha resolución, que aprueba

la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar

reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles,

a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación

de admitidos y excluidos.

Sexto.-De acuerdo con los artículos9y10delReal

Decreto 1427/1986, de 13 de junio, se adjunta modelo de currículo

vitae (anexo III). Los candidatos deberán entregar el currículo vitae

(por quintuplicado) y un ejemplar de las publicaciones y

documentos acreditativos de lo consignado en el mismo y el proyecto

docente (por quintuplicado), en el acto de presentación del

concurso. En el caso de plazas convocadas a concurso de méritos

y para cuyo ingreso se exija el título de Doctor, los concursantes,

además de la referida documentación, entregarán en el mismo

acto el proyecto de investigación (por quintuplicado), que el

candidato se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la

que concursa.

Séptimo.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo

habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una

resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con una

antelación mínima de quince día naturales respecto de la fecha

del acto para el que se cita, convocando:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,

a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución

de la misma y con indicación del día, hora y lugar previsto para

la celebración de dicho acto.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso

para realizar el acto de presentación de los concursantes y con

señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.

Octavo.-En los concursos de méritos, la prueba consistirá en

lo siguiente:

Durante un máximo de tres horas, en sesión pública, la

Comisión debatirá con el concursante sobre sus méritos e historial

académico, así como sobre el proyecto docente y de investigación

presentado. La Comisión podrá acordar por mayoría que,

previamente a dicha discusión, los concursantes presenten oralmente

sus méritos e historial académico e investigador en el tiempo

máximo de una hora; en este caso así le será comunicado en el acto

de presentación y sorteo del orden de actuación a que se refiere

el apartado 3 del artículo 8 del Real Decreto 1888/1984, de 26

de septiembre.

Noveno.-En ningún caso, las Comisiones podrán proponer

mayor número de nombramientos que el de plazas convocada y

asignadas a su actuación.

Décimo.-Los candidatos propuestos para la provisión de las

plazas deberán presentar en la Secretaría General de la

Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir

la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios

señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, los siguientes documentos:

a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil

correspondiente o documento equivalente en los demás Estados

comprendidos en el artículo 2 y disposición adicional única de

la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, institucional o local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública. En caso de no poseer la nacionalidad española,

deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida en su Estado el acceso a la función pública,

mediante la presentación de los documentos correspondientes,

certificados por las autoridades competentes de su país de origen.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios, y

cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse

a los requisitos siguientes:

a) Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las

autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.

b) Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de

su correspondiente traducción oficial al castellano.

Undécimo.-En el plazo máximo de un mes, a contar desde

el día siguiente de la publicación del nombramiento en el "Boletín

Oficial del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión

de su destino, momento en que adquirirá la condición de

funcionario a todos los efectos.

Duodécimo.-La presente convocatoria, sus bases y cuantos

actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones de

las Comisiones, podrán ser impugnados ante el Rector en los casos

y en la forma previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de

25 de agosto, de Reforma Universitaria, y Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre.

Leioa, 3 de julio de 1998.-El Rector, P. D. (Resolución de

5 de noviembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 13

de febrero de 1997), la Vicerrectora del Profesorado, Miren

Azkárate Villar.

ANEXO I

Profesor Titular de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de méritos

124. Puesto: TU 001/0175. Área de conocimiento: "Derecho

Procesal". Departamento: Derecho Público. Actividades docentes

a realizar por quien obtenga la plaza: Derecho Procesal I. Derecho

Procesal II. Bilingüe: Castellano-Euskara. Facultad de Derecho

(San Sebastián). Dedicación: Completa.

ANEXO III

Datos personales

Documento nacional de identidad número........................ .

Lugar y fecha de expedición.........................................

Apellidos y nombre..................................................

Nacimiento: Provincia y localidad.............fecha.............

Residencia: Provincia.................Localidad.................

Domicilio:...........Teléfono...........Estado civil...........

Facultad o Escuela actual...........................................

Departamento o Unidad docente actual............................

Categoría actual como Profesor contratado o interino.............

1. Títulos académicos (clase, organismo y centro de

expedición, fecha de expedición, calificación, si la hubiere).

2. Puestos docentes desempeñados (clase, organismo o

centro, régimen dedicación, fecha de nombramiento o contrato, fecha

de cese o terminación).

3. Actividad docente desempeñada (asignatura, organismo,

centro y fecha).

4. Actividad investigadora desempeñada (programas y

puestos).

5. Publicaciones-libros (título, fecha de publicación,

editorial).

6. Publicaciones-artículos (*) (título, revista, fecha de

publicación, número de páginas).

7. Otras publicaciones.

8. Otros trabajos de investigación.

9. Proyectos de investigación subvencionados.

10. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos

(indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional

o internacional).

11. Patentes.

12. Cursos y seminarios impartidos (con indicación del

centro, organismo, material, actividad desarrollada y fecha).

13. Cursos y seminarios recibidos (con indicación del centro,

organismo, materia y fecha de celebración).

14. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a

la licenciatura).

15. Actividades de empresas y profesión libre.

16. Otros méritos docentes o de investigación.

17. Otros méritos.

(*) Indicar trabajos en prensa, justificando su aceptación por parte de la revista.

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