Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 2 de diciembre de 1997, por la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 4/2/1996, promovido por doña Isabel Vila Valero, contra resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria de la reclamación de daños y perjuicios formulada por responsabilidad patrimonial del Estado, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de doña Isabel Vila Valero, contra Resolución del Ministerio de Sanidad y Consumo de fecha 7 de noviembre de 1995, que le deniega la reclamación de daños y perjuicios por los hechos referidos en este recurso.
Sin expresa imposición de costas.»
Asimismo se certifica que contra la referida sentencia se interpuso recurso de casación por la parte actora, el cual fue declarado desierto por auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de fecha 24 de abril de 1998.
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 1 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Subsecretario general de Sanidad y Consumo.
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