Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 6 de marzo de 1998, sentencia firme, en el recurso contencioso-administrativo número 3.019/1995, promovido por don Victoriano Lobo Sanz, sobre asignación de cantidad individual de referencia para venta de leche a otros compradores, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Carmelo Olmos Gómez, en nombre y representacioón de don Victoriano Lobo Sanz, contra el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las resoluciones de la Dirección General de Producciones y Mercados Ganaderos de fecha 14 de diciembre de 1992 y del propio Ministerio de fecha 21 de diciembre de 1993, ambos sobre cuota de referencia para 1992-1993, sin pronunciamientos sobre abandono total y definitivo de la producción láctea comunicado el 27 de diciembre de 1993; todo ello sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 9 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Producciones y Mercados Ganaderos.
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