De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Quinta), en el recurso número 2.930/1995, interpuesto por doña Santiaga Díaz Moreno, sobre diferencias retributivas, Ley 35/1980.
Madrid, 3 de julio de 1998.–El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Costes de Personal y Pensiones Militares. Unidad de Gestión de Mutilados.
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