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Documento BOE-A-1998-1787

Resolución de 9 enero de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la convocatoria de plazas para Profesores bilingües en diferentes Estados de los Estados Unidos, ofrecidas por los respectivos Departamentos de Educación para el próximo curso 1998/1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 1998, páginas 2755 a 2760 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-1787

TEXTO ORIGINAL

Como consecuencia de la extensión del fenómeno multilingüe, tanto en España como en Estados Unidos, y de la creciente importancia que dentro de sus respectivos sistemas escolares tienen ambas lenguas, las Administraciones escolares competentes de uno y otro país le prestan cada vez mayor atención y recursos a la enseñanza de ambos idiomas en los centros escolares de sus territorios.

Resultado de estas circunstancias, son los Memoranda de Entendimiento suscritos o renovados en el año 1997, entre el Ministerio de Educación y Cultura de España, y las correspondientes Autoridades de los Estados de: California, Connecticut, Florida, Georgia, Nuevo México, Texas, Washington, así como con Chicago (Illinois) y Montgomery (Maryland). Lo que supone, a partir del curso 1998/1999, un incremento de los programas que promueven las Administraciones educativas de los Estados Unidos y de España y que servirán para estrechar los ya importantes vínculos existentes entre ambos países, además de para permitir la consolidación del español como segunda lengua en el sistema escolar norteamericano.

De entre estos programas, tiene especial interés tanto para Estados Unidos como para España el de "Profesores Visitantes", en virtud del cual profesionales de la enseñanza españoles se incorporarán temporalmente a las escuelas norteamericanas, con el mismo régimen que el de los Profesores ordinarios contratados por los Distritos escolares de ese país.

Mediante este programa, Maestros y Profesores de educación secundaria, sean o no funcionarios, pueden concursar a puestos docentes que son objeto de esta convocatoria, abriéndoseles así una vía de enriquecimiento profesional y personal que habrá de redundar en la mejora de la calidad de enseñanza de los centros a los que en el futuro se reincorporen en España, al mismo tiempo que habrá de tener un efecto altamente positivo en la enseñanza de la lengua española que se imparte a los alumnos norteamericanos que en creciente número optan por ella como segundo idioma o primera lengua extranjera.

Por todo lo cual, esta Secretaría General Técnica ha resuelto hacer pública la convocatoria para la cobertura de 200 plazas, para Profesores bilingües, en escuelas públicas de los Estados Unidos, para el próximo curso 1998/1999 y de acuerdo con las condiciones que a continuación se exponen:

I. Requisitos de los candidatos

1. Tener nacionalidad española.

2. Tener dominio del idioma inglés oral y escrito.

3. No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.

4. Además de lo anterior y dependiendo del Estado y/o Condado de que se trate, se requieren los siguientes requisitos específicos (puede consultarse el anexo I):

4.1 Plazas para Distritos escolares del Estado de California: Cumplir una de las dos opciones que figuran a continuación:

4.1.a) Titulación de Maestro en cualquier especialidad y acreditar experiencia docente en Enseñanza Primaria Reglada durante el presente curso académico 1997/1998 durante, al menos, siete meses.

4.1.b) Titulación de Licenciado por cualquier Facultad, Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) y acreditar experiencia docente en Enseñanza Reglada durante, al menos, siete meses de servicio.

4.2. Plazas para el Estado de Connecticut:

Titulación de Licenciado en Filología o en Pedagogía.

Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica, o equivalente.

Haber cursado la asignatura de matemáticas en sus estudios universitarios o en el Curso de Orientación Universitaria, o bien acreditar haberse examinado de esta materia en las pruebas de acceso a la Universidad.

Haber cursado la asignatura de Historia de los Estados Unidos o Historia Universal, en sus estudios universitarios.

Acreditar haber realizado un curso de Didáctica de la Lengua.

Acreditar, al menos, un año de experiencia docente en Enseñanza Reglada (computable el presente curso académico 1997/1998).

Los profesores que se seleccionen para Escuelas de Educación Primaria deberán, además, estar en posesión del Título de Maestro.

4.3. Plazas para el Estado de Florida:

Estar en posesión del Título de Licenciado en cualquier especialidad.

Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP).

Contar con tres años de experiencia docente en Enseñanza Reglada (computable el presente curso académico 1997/1998).

4.4 Plazas Para el Estado de Georgia: Cumplir una de las dos opciones que figuran a continuación:

4.4.a) Titulación de Maestro en cualquier especialidad y acreditar un año de experiencia docente en Enseñanza Reglada (computable el presente curso académico 1997/1998).

4.4.b) Titulación de Licenciado en cualquier especialidad, Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) y acreditar un año de experiencia docente en Enseñanza Reglada (computable el presente curso académico 1997/1998).

4.5 Plazas para el Estado de Illinois (Distrito escolar de Chicago):

Estar en posesión del Título de Licenciado en Filología Inglesa, en Filología Hispánica o en Pedagogía.

4.6 Plazas para el Estado de Maryland (Distrito escolar de Montgomery):

4.6.a) Estar en posesión del Título de Licenciado en cualquier es pecialidad, Certificado de Aptitud Pedagógica y acreditar experiencia docente.

4.6.b) Estar en posesión del Título de Maestro en cualquier especialidad y acreditar experiencia docente.

4.7 Plazas para el Estado de Nuevo México:

Título de Licenciado.

Certificado de Aptitud Pedagógica.

Contar con dos años de experiencia docente en Enseñanza Reglada (computable el presente curso académico 1997/1998).

4.8 Plazas Para el Estado de Texas:

Título de Maestro o de Licenciado en cualquier especialidad.

Acreditar tres años de experiencia docente en Enseñanza Reglada (computable el presente curso académico 1997/1998).

4.9 Plazas para el Estado de Washington:

Estar en posesión del Título de Licenciado en cualquier especialidad.

II. Requisitos de las solicitudes

Los Profesores que reúnan dichas condiciones, formularán sus solicitudes, en los impresos normalizados que podrán recoger en el Servicio de Información del Ministerio de Educación y Cultura (C/ Alcalá, 36-28071 Madrid), Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades con competencias plenas en materia de Educación, en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura y Servicios de la Alta Inspección del Estado. Cualquier Información sobre esta convocatoria podrá obtenerse en los mismos lugares, en el Servicio de Información y Asuntos Generales del MEC (Alcalá, 36, 28071 Madrid.http:/www.informaciónmec.es), así como en la Consejería de Educación del Ministerio de Educación y Cultura en los Estados Unidos http:/WWW.itW.com/embajada/educación, Servicio y programas, apartado "Profesores Visitantes".

El candidato cumplimentará una sola instancia, con independencia del número de puestos que solicite, en la que podrá incluir hasta un máximo de tres opciones, que señalará por orden decreciente de preferencia, y manifestará su disposición o no para ser seleccionado para otros Estados y Distritos. Esta solicitud habrá de presentarse por duplicado si se solicita una sola plaza, por triplicado si se solicitan dos plazas y por cuadruplicado en caso de que se soliciten tres plazas.

El peticionario deberá acompañar a su solicitud la documentación que acredite que posee los requisitos generales que se exigen para participar en la convocatoria y los específicos que procedan según el Estado o Distrito escolar solicitado.

La documentación acreditativa de dichos extremos es la siguiente:

1. Fotocopia del documento nacional de identidad.

2. Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad que impida el ejercicio de la docencia.

3. Para Maestros y Profesores destinados en centros docentes públicos:

Certificación de servicios expedida por la Autoridad competente, según el modelo que figura en el anexo II.

4. Para los Profesores destinados en centros docentes privados:

Certificados de los servicios prestados, expedidos por el Director del actual centro de trabajo y con el visto bueno de la Inspección Técnica correspondiente, en el que se haga constar el nivel educativo, área impartida y número de horas semanales de trabajo (sólo será válida la experiencia docente de contratos a tiempo completo y por un período mínimo de siete meses). En el caso de que en los años anteriores el candidato hubiera prestado servicios en centros distintos al actual, deberá acompañar los certificados correspondientes acreditativos de lo anteriormente expresado.

Si se alega el ejercicio de la docencia en centros escolares norteamericanos, deberá presentarse certificación acreditativa , con indicación de la institución educativa en la que se ha ejercido y tiempo de permanencia en la misma.

5. Fotocopia compulsada del Título de Licenciado y/o Diplomado, o acreditación de haber efectuado el pago de los derechos para la expedición del mismo.

6. Certificación Académica Personal expedida por la Escuela Universitaria o Facultad donde se hayan realizado los estudios.

7. Certificado(s) de nivel de conocimiento de la lengua inglesa: "Test of English as a Foreign Language" (TOEFL), PROFICIENCY o similares.

8. Fotocopia compulsada del Certificado de Aptitud Pedagógica.

9. Los candidatos que opten a plazas en el Estado de Connecticut deberán, además, acreditar los conocimientos de matemáticas, de Historia de Estados Unidos o Historia Universal requeridos, así como de haber realizado un curso de Didáctica de la Lengua.

10. Curriculum vitae.

No serán tenidos en cuenta ni, por consiguiente, valorados los méritos alegados y no justificados debidamente, ni los que se justifiquen fuera del plazo al que se refiere el apartado III de la convocatoria.

11. Relación numerada, fechada y firmada, de la documentación presentada.

III. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Mi nisterio de Educación y Cultura, calle Los Madrazos, 17; o paseo del Pra do, 28, 28071 Madrid; o en los Registros de las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura. Igualmente, podrán presentarse en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquiera de las dependencias previstas en el artícu lo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada.

El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

IV. Selección

4.1 Normas generales:

4.1.1 El proceso de selección será realizado, en su totalidad, por Comisiones integradas por representantes de los Estados y Distritos escolares, que podrán estar asistidas por Asesores Técnicos de la Consejería de Educación del Ministerio de Educación y Cultura en los Estados Unidos y por funcionarios de la Subdirección General de Cooperación Internacional.

4.1.2 En el proceso de selección se procurará seguir el orden de preferencia que cada Profesor haya marcado en su solicitud.

4.1.3 La preferencia a que se refiere el apartado anterior debe interpretarse en el sentido de que una vez que un solicitante ya haya sido seleccionado por un Estado o Distrito escolar, dejan de considerarse las otras plazas solicitadas.

4.2 Preselección: Por los Servicios correspondientes del Ministerio de Educación y Cultura se revisará la documentación presentada por los candidatos y se preseleccionarán todas las solicitudes que cumplan las condiciones mínimas establecidas en la convocatoria.

4.3 Selección:

4.3.1 Profesores que soliciten plazas en el Estado de California. En este caso, el proceso de selección tendrá dos fases:

Fase A: Se realizará en Madrid, podrá durar un día completo. Los candidatos serán citados con antelación suficiente, para realizar dos pruebas en inglés, una de expresión escrita y otra oral. La prueba escrita, constará de un test de comprensión lectora, de 20 minutos de duración; un test de conocimientos matemáticos elementales, asimismo, de 20 minutos y una composición sobre un tema que la Comisión Evaluadora seleccionará al efecto, que ha de ser realizado en un tiempo de 30 minutos. La prueba oral se realizará en forma de entrevista.

Fase B: La realizarán los candidatos que hayan superado la fase A. Consistirá en una entrevista con los representantes de los Distritos escolares que vayan a contratar al profesorado, que a tales efectos se desplazarán a Madrid. La entrevista se llevará a cabo enteramente en inglés y tendrá como finalidad el apreciar, a través de indicadores pedagógicos, sociológicos, de personalidad, etc., el grado de idoneidad de los candidatos para el efectivo desempeño del puesto. Esta fase tendrá lugar un día de la semana siguiente a la de finalización de la fase previa.

4.3.2 Profesores que han solicitado plazas en los otros Estados y Distritos escolares:

En este caso, la selección la harán las Comisiones Evaluadoras a través de una entrevista con los candidatos, pudiendo, si así se considera procedente, ser completada con pruebas escritas dirigidas a valorar el dominio de la lengua inglesa que tienen los solicitantes.

4.4 En relación con lo señalado en esta base IV, se indica que cada Comisión podrá entrevistar el número de candidatos que considere necesario. Asimismo, se señala que los candidatos preseleccionados podrán ser citados para la realización de pruebas, en las distintas fechas que cada una de las Comisiones determine.

V. Adjudicación de plazas y resolución de la convocatoria

5.1 Adjudicación de plazas.-El número de plazas previsto en esta convocatoria, es orientativo, pudiendo sufrir variaciones en función de los resultados de la planificación que del curso escolar 1998/1999 están realizando los Distritos.

Por otra parte, se señala que las Comisiones se reservan el derecho de considerar desiertas las plazas que estimen conveniente.

5.2 Resolución de la convocatoria.-La relación de candidatos seleccionados se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

VI. Aceptaciones y renuncias

6.1 Los candidatos que hayan sido seleccionados recibirán comunicación escrita, en la que se les informará de este extremo.

6.2 Los candidatos seleccionados y los Distritos escolares firmarán el correspondiente precontrato, en fecha y forma, que mutuamente acuerden.

6.3 La selección no será, en todo caso, firme hasta que el Profesor suscriba el contrato con el Distrito escolar y el Servicio de Naturalización e Inmigración de los Estados Unidos le haya concedido el correspondiente visado (normalmente, visa H1-B). La obtención del citado visado es exigencia indispensable para que se gestione el pase del solicitante a la situación de servicios especiales a la que se refiere el apartado IX de esta Resolución, si fuera funcionario y en ningún caso es aconsejable que altere previamente a la superación de este requisito su situación profesional o personal.

6.4 En caso de renuncia, el candidato lo comunicará por escrito al Distrito que le ha seleccionado, remitiendo copia del mismo a la Subdirección General de Cooperación Internacional dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la relación, a la que se hace referencia en el apartado anterior de esta convocatoria.

VII. Régimen

7.1 A los Profesores seleccionados les será ofrecido un contrato por los Distritos escolares del Estado y/o Condado que ofrece las plazas, y en el que habrán de explicitarse:

a) Retribuciones salariales que estarán en función tanto del Distrito que contrate, como de las cualificaciones académicas y profesionales de los Profesores seleccionados.

b) Prestaciones sanitarias.

c) La duración del contrato y las condiciones de renovación del mismo en el caso de que sea anual.

d) La fecha de incorporación a sus destinos en los Distritos escolares.

7.2 Los contratos se suscribirán, generalmente, por años renovables, pudiendo rescindirse en los casos y según el procedimiento que ambas partes acuerden siempre con sometimiento a lo que la legislación laboral y escolar americana aplicable establezca, sin que quepa al Ministerio de Educación y Cultura asumir función o responsabilidad alguna en esta materia. No obstante, el número de años en los que puede renovarse el contrato podrá variar en cada Estado en función de lo estipulado en el respectivo Memorándum de Entendimiento.

7.3 Los gastos de desplazamiento de los Profesores seleccionados correrán por cuenta de los mismos así como el coste de los trámites de acreditación docente y obtención de visados.

VIII. Formación inicial

8.1 Los Profesores seleccionados habrán de realizar un curso de formación que facilite su incorporación al sistema escolar norteamericano. Este curso podrá realizarse en los Estados Unidos o en España.

8.2 El Profesor recibirá información del Distrito escolar y de los Servicios de la Consejería de Educación del Ministerio de Educación y Cultura en los Estados Unidos, a fin de facilitar su integración en la localidad y centro escolar de destino.

8.3 A los Profesores se les comunicará, antes de que su contratación sea firme, el lugar, la fecha y la duración de los procesos formativos a que se refieren los números anteriores.

IX. Funcionarios

9.1 Tras la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la relación de candidatos seleccionados y una vez que los mismos cuenten con el visado que autoriza su inserción laboral en los Estados Unidos, los funcionarios públicos remitirán su petición individual de concesión de servicios especiales, que regula el capítulo III del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), a los Servicios correspondientes del Ministerio de Educación y Cultura o de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia educativa, a excepción de aquellos funcionarios que se encuentren en Comisión de Servicios en el momento de su incorporación.

A la hora de firmar la prórroga del contrato, los funcionarios públicos deberán tener en cuenta que no podrán permanecer más de seis años en la situación administrativa de servicios especiales como consecuencia de la participación en este Programa de Profesores Visitantes.

9.2 La aceptación por parte de los funcionarios de la plaza para la cual han sido seleccionados conlleva la no renuncia a la misma durante el año académico para el que han sido seleccionados, salvo que se den circunstancias que lo justifiquen, que habrán de ser consideradas, en su caso, por el Ministerio de Educación y Cultura, oído el Distrito escolar contratante.

9.3 Los Profesores funcionarios permanecerán en la situación administrativa de servicios especiales durante todo el período en el que se prorroguen sus contratos, sin que proceda el reingreso al servicio activo por los períodos vacacionales. A tal fin, los funcionarios que deseen reingresar al servicio activo por haber finalizado su contrato, acompañarán a su solicitud de reingreso, declaración jurada o promesa acreditativa de dicho extremo.

X. Retirada de documentación

La documentación presentada por los concursantes podrá retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional (paseo del Pra do, 28, 2.a planta, 28071 Madrid), hasta el día 31 de octubre de 1998, directamente por los interesados o por persona autorizada. También podrá solicitarse su devolución por correo hasta esa misma fecha.

Madrid, 9 de enero de 1998.-El Secretario general técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Cooperación Internacional.

ANEXO I

Plazas para Profesores bilingües en los Estados Unidos

Requisitos específicos / Estados / Título académico / Otros conocimientos / Cap / Otros cursos / Experiencia en enseñanzas

regladas / Observaciones

A) / Maestro. / Primaria-Curso actual.

B) / Licenciado. / X / Primaria/Secundaria. / California.

Connecticut. / Licenciado en Filología o Licenciado en Pedagogía. / Matemáticas e Historia de EE.UU. o Historia Universal. / X

o

equiv. / Didáctica de la Lengua. / Un año. / Para Escuelas Primarias: Título de Maestro (además).

Florida. / Licenciado. / X / Tres años.

Maestro. / Un año.

Licenciado. / X / Un año. / Georgia.

Illinois-Chicago. / Licenciado en Filología Inglesa/Hispánicas o Pedagogía.

Licenciado. / X / Sí.

Maestro. / Sí. / Maryland-Montgomery.

Nuevo México. / Licenciado. / X / Dos años.

Texas. / Licenciado o Maestro. / Tres años.

Washington. / Licenciado.

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