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Documento BOE-A-1998-17538

Resolución de 6 de julio de 1998, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace público el listado de aprobados definitivos, por orden de puntuación, en la fase de oposición y de concurso, del proceso específico de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 1998, páginas 24811 a 24812 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-17538

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 26 de diciembre de 1997, del Ministerio del

Interior, se convocan pruebas selectivas, mediante concurso

específico de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Técnico

de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y

Psicólogos ("Boletín Oficial del Estado" del 23 de enero de 1998).

Una vez finalizadas las fases de oposición y concurso del

proceso selectivo, y entregada por los Presidentes de los Tribunales

copia certificada de las listas de aprobados, esta Dirección General,

en virtud de lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso y en la base 7.1 de la convocatoria, resuelve:

Primero.-Hacer pública la relación de aprobados por orden

de puntuación en las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo

Técnico de Instituciones Penitenciarias, con la puntuación final

obtenida, que se encontrará expuesta en los tablones de anuncios

de todos los centros penitenciarios y en la Dirección General de

Instituciones Penitenciarias.

Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

los opositores aprobados deberán presentar en la Subdirección

General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los

documentos que se señalan en la base octava de la convocatoria

(apartado 9).

Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen

de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base dos de la convocatoria, no podrán ser

nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad

en la solicitud inicial (apartado 8.3, de la base octava de la

convocatoria).

Cuarto.-Contra esta Resolución podrá interponerse, previa

comunicación al órgano que la dictó, recurso

contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 6 de julio de 1998.-El Director general, Ángel Yuste

Castillejo.

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