Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier Lobato Sarmiento, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga, en sentencia de fecha 15 de febrero de 1995, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años cuatro meses y un día de prisión menor, delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de multa de 100.000 pesetas y privación del permiso de conducir o de la facultad de obtenerlo por tres meses y un día y delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de 100.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir por tres meses y un día, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de julio de 1998,
Vengo en conmutar a don Francisco Javier Lobato Sarmiento la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por la pena de arresto de quince fines de semana, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso, durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 3 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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