Visto el expediente de indulto de don Luis Sánchez Correyero, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el párrafo segundo del artículo 2. o del anterior Código Penal y previsto
en el vigente, en su artículo 4. o , punto tercero, por la Sección Quinta
de la Audiencia Provincial de Madrid que, en sentencia de fecha 12 de
febrero de 1994 le condenó, como autor de un delito de torturas, a la
pena de un mes y un día de arresto mayor y seis años y un día de
inhabilitación especial, con las accesorias de suspensión de todo cargo público
y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1982, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de julio de 1998,
Vengo en conmutar a don Luis Sánchez Correyero la pena de
inhabilitación especial impuesta, por otra de suspensión por el plazo de seis
meses y un día, dejando subsistentes los demás pronunciamientos
contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida3dejulio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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