En virtud de lo previsto en el apartado 3.2.2 de la Orden de 11 de junio de 1986, que regula el procedimiento para el cálculo del importe de cada cupón a devengar por la emisión de 30 de julio de 1986, de Obligaciones del Estado con intereses ajustables, esta Dirección General hace público:
1. La media ponderada del interés nominal anual pagadero por semestres vencidos de las emisiones negociables de Deuda del Estado, interior y amortizable, realizadas durante el segundo semestre de 1997 y el primer semestre de 1998 con vencimiento a más de dieciocho meses y hasta cinco años, y que se detallan a continuación, ha sido el 5,026 por 100.
Emisión |
Nominal – Millones de pesetas |
Interés nominal anual pagadero por semestres vencidos – Porcentaje |
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15-07-1997, de Bonos del Estado al 5,0 por 100 *. | 2.089.343,53 | 4,939 |
15-07-1997, de Bonos del Estado al 5,25 por 100 *. | 1.159.471,04 | 5,183 |
Se excluyen los tramos del primero al séptimo, inclusive, al tener el vencimiento a más de cinco años desde su emisión. | ||
* Tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas. El tipo nominal de interés anual pagadero por semestres vencidos equivalente se ha calculado utilizando la siguiente fórmula: (1 + iS/200)2 = 1 + ia/100, donde ia es el tipo de interés nominal anual pagadero por anualidades vencidas e iS es el tipo de interés nominal anual pagadero por semestres vencidos equivalente a ia, expresados ambos en tanto por cien. |
2. En consecuencia, siendo de aplicación el límite inferior establecido en el apartado 3.2.2.1.b) de la citada Orden de 11 de junio de 1986, el cupón bruto que devengarán el próximo 30 de enero de 1999 las Obligaciones del Estado con intereses ajustables, emisión de 30 de julio de 1986, será del 3,75 por 100.
Madrid, 10 de julio de 1998.–El Director general, Jaime Caruana Lacorte.
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