En el recurso contencioso-administrativo de lesividad número 341/1995, promovido por el señor Abogado del Estado, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en 6 de febrero de 1998, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos:
Que debemos estimar y estimamos el presente recurso 3-341-1995, interpuesto por la Abogacía del Estado en representación de la Administración General del Estado (Ministerio de Educación y Ciencia), contra las Órdenes de dicho Departamento de 3 y 11 de agosto de 1993 y 14 de agosto de 1994, por las que se declaró haber superado las pruebas selectivas de nombramiento de funcionario en prácticas y nombramiento de funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros a doña Amalia Latifa Bernal Bricio, actos que, respectivamente, anulamos en cuanto a la misma y en el proceso selectivo a que se contrae el recurso por ser contrarios al ordenamiento jurídico.
No hacemos una expresa condena en costas.»
Dispuesto por Resolución de 8 de junio de 1998 el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia,
Esta Dirección General ha resuelto dar publicación al mismo para general conocimiento.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 18 de junio de 1998.–La Directora general, Carmen González Fernández.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Gestión de Profesorado de Educación Infantil y Primaria.
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