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Documento BOE-A-1998-169

Orden de 11 de diciembre de 1997 de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la fundación denominada «Para la Investigación y Difusión de la Arquitectura» (FIDAS) de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 1998, páginas 272 a 272 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1998-169

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de esta Consejería, de la Fundación denominada "Para la Investigación y Difusión de la Arquitectura" (FIDAS), constituida y domiciliada en Sevilla, antiguo Pabellón de Finlandia, del recinto de la Isla de la Cartuja, calle Madame Curie, sin número.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida en escrituras públicas, de fecha 24 de diciembre de 1996, ante don Rafael Leña Fernández, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 3810, corregidas por el mismo Notario con fecha 11 de septiembre de 1997, con número de protocolo 2906, figurando como fundadores don Pedro Pablo Gómez Barañano y otros.

Segundo.-Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes:

El desarrollo y la difusión de la Arquitectura en Andalucía, que constituye su ámbito de actuación, procurando aunar los esfuerzos de instituciones públicas y privadas relacionadas con la misma y con su ejercicio profesional.

Tercero.-La dotación de la Fundación está constituida por:

El patrimonio inicial de la Fundación será de 85.000.000 de pesetas, constituidas del siguiente modo:

a) Por el edificio y derecho de superficies descritos en las escrituras de constitución de la Fundación, de fecha 24 de diciembre de 1996, valorado en 25.000.000 de pesetas.

b) Por la suma de 60.000.000 de pesetas, las cuales 20.000.000 se han desembolsado en La Caja de Arquitectos en la cuenta corriente número 21479-0.

c) El resto, (40.000.000 de pesetas), será desembolsado en el plazo de dos años con cargo a los presupuestos que afectan a la demarcación de Sevilla del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato que estará formado, como mínimo, por tres miembros y por un máximo de quince, siendo su Presidente don Pedro Pablo Gómez Barañano.

Vistos la Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Decreto 2930/1972 de 21 de julio que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de derechos

Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982 de 29 de diciembre y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por lo que, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero: Reconocer el interés público de la entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación "Para la Investigación y Difusión de la Arquitectura" (FIDAS), con domicilio en Sevilla, en el antiguo Pabellón de Finlandia, del recinto de la Isla de la Cartuja, calle Madame Curie, sin número.

Segundo: Aprobar los Estatutos, contenidos en la escritura pública de fecha 24 de diciembre de 1996 y su posterior modificación de fecha 11 de septiembre de 1997.

Tercero: Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con el artículo 109 c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se podrá interponer en el plazo de dos meses a partir de la recepción de su notificación, recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley, y el artículo 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de diciembre de 1997.-El Consejero, Manuel Pezzi Cereto.

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