En el recurso contencioso-administrativo número 1.169/1993, interpuesto en nombre y representación de la entidad titular del centro «Jesús Maestro», de León, contra la resolución del Subsecretario del Departamento de 31 de marzo de 1993, que desestimó el recurso de reposición formulado contra la resolución del mismo Subsecretario de 24 de junio de 1992, que le impuso la sanción de apercibimiento por incumplimiento no grave del concierto educativo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), con fecha 19 de febrero de 1998, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que estimando en parte el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Toquero Peñas, en nombre y representación del centro educativo “Jesús Maestro”, y registrado con el número 1.169/1993, debemos anular y anulamos, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, la resolución objeto del mismo, esto es, la resolución del Subsecretario del Ministerio de Educación y Ciencia de 31 de marzo de 1993, desestimando, por el contrario, la otra pretensión ejercitada. No se hace especial imposición de costas.»
Dispuesto por Resolución de 5 de junio de 1998 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 16 de junio de 1998.‒El Director general, Francisco López Rupérez.
Ilma. Sra. Subdirectora general adjunta de Régimen Jurídico de Centros.
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