Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones
Docentes de la denominada "Fundación Neurociencias y Envejecimiento",
instituida y domiciliada en Madrid, calle Limón, número 5.
Antecedentes de hecho
Primero.-La Fundación fue constituida por don José Antonio Molina
Arjona y otros en escritura otorgada en Madrid el día 12 de junio de
1997, subsanada por otra de fecha 14 de mayo de 1998.
Segundo.-Tendrá por objeto promover la investigación sobre las
neurociencias, fundamentalmente enfermedades neurodegenerativas,
envejecimiento y citopatías mitocondriales; establecer mecanismos de
investigación y desarrollo de técnicas de rehabilitación psíquica o física para
estos enfermos, así como la obtención de fondos para su realización.
Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la
escritura de constitución, asciende a 1.000.000 de pesetas.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación
se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento
y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los
patronos sus cargos con carácter gratuito.
Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido pro don Félix
Bermejo Pareja, como Presidente; don José Antonio Molina Arjona, como
Secretario, y don Joaquín Roberto Arenas Barbero, don Rafael Enríquez
de Salamanca Lorente, don Vicente Segrelles Chillida, doña Hortensia
Segrelles García y don José Ramón Ricoy Campo, como Vocales, habiendo
aceptado todos ellos sus respectivos cargos.
Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge
en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los
mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.
Vistos la Constitución vigente; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre
("Boletín Oficial del Estado" del 25), de Fundaciones y de Incentivos
Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Real
Decreto 316/1996, de 23 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de
marzo), por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de
Competencia Estatal; el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas de
21 de julio de 1972 ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de octubre), y demás
disposiciones de general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de
fundación para fines de interés general.
Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría del Departamento la
resolución de este expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2.h)
del Real Decreto 1887/1996, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
del 6).
Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la
inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano
al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución
de fines de interés generalyaladeterminación de la suficiencia de la
dotación, considerándose competente a tal efecto la Secretaría General
del Protectorado de Fundaciones Docentes y de Investigación de acuerdo
con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.
Cuarto.-Examinados los fines de la Fundación y el importe de la
dotación, la Secretaría General de Fundaciones Docentes y de Investigación
estima que aquéllos son de investigación e interés general y que la dotación
es inicialmente adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines,
por lo que, acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en
el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar
la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito estatal.
Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de
Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del
Departamento, ha resuelto inscribir en el Registro de Fundaciones Docentes
la denominada "Fundación Neurociencias y Envejecimiento", de ámbito
estatal, con domicilio en Madrid, calle Limón, número 5, así como el
Patronato, cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.
Madrid, 16 de junio de 1998.-El Subsecretario, Ignacio González
González.
Sr. Secretario general de Fundaciones Docentes, de Investigación y
Deportivas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid