En el recurso contencioso-administrativo número 5/2.932/1995,
interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo,
Sección Quinta, por don José Luis Márquez Ocaña, contra la Administración
General del Estado sobre revisión de retribuciones de funcionarios
destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 19 de febrero de 1998,
sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Primero.-Rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por
el Abogado del Estado.
Segundo.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la representación procesal de don José Luis Márquez Ocaña, contra
Resolución del Ministro de Asuntos Exteriores, de fecha 14 de septiembre
de 1995, detallada en el encabezamiento de esta sentencia, que se confirma
por ser ajustada a Derecho, con todos los efectos inherentes a esta
declaración.
Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre
de 1956, ha dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la
referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del
Estado".
Madrid, 19 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de Carvajal
Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid