En el recurso contencioso-administrativo número 5/2.186/1995,
interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo,
Sección Quinta, por don Miguel Ángel García Mina Oraa, contra la
Administración General del Estado sobre revisión de retribuciones de
funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 27 de enero
de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por
la Abogacía del Estado y desestimando el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Miguel Ángel García Mina
Oraa, contra la Resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores, de 5 de
junio de 1995, debemos declarar y declaramos que la Resolución impugnada
es conforme a Derecho, sin hacer expresa imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre
de 1956, ha dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la
referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del
Estado".
Madrid, 19 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de Carvajal
Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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