Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-16283

Resolución de 19 de junio de 1998, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 162/1996, promovido por don Joaquín Fernández Balbín.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1998, páginas 22687 a 22687 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-1998-16283

TEXTO ORIGINAL

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, con fecha 20 de abril de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 162/1996, en el que son partes, de una, como demandante, don Joaquín Fernández Balbín, y de otra, como demandado, el Tribunal de Cuentas, representando y defendido por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 20 de diciembre de 1995, que desestimó el recurso ordinario interpuesto por don Joaquín Fernández Balbín, contra la Resolución de 29 de marzo de 1995, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se hace pública el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del mismo, adjudicando los puestos de trabajo convocados, por el sistema de concurso específico de méritos, mediante Resolución de 10 de noviembre de 1994, de esta Presidencia.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos, en parte, el recurso contencioso administrativo interpuesto por don Joaquín Fernández Balbín, contra la Resolución de 29 de marzo de 1995 de la Presidencia del Tribunal de Cuentas y contra el Acuerdo de 20 de diciembre de 1995, del Pleno del mismo Tribunal sobre resolución del concurso específico de méritos convocados por Resolución de 10 de noviembre de 1994 de aquella Presidencia sobre adjudicación de los puestos convocados, anulando dichos actos sólo en cuanto a la plaza de Adjunto al Supervisor de Procedimiento (plaza número 8) que quedó desierta, por entender que no son conformes a Derecho, debiendo retrotraerse las actuaciones al momento anterior al de las votaciones, con designación, de ser preciso, de nueva Comisión de Valoración, para que se actúe en la forma que resulte de los Fundamentos de Derecho 8.º y 9.º de esta sentencia, desestimando las demás pretensiones del actor y sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.»

En su virtud, esta Presidencia de Cuentas, previo acuerdo de la Comisión de Gobierno adoptado en su reunión de 18 de junio de 1998 (número 12/98), de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a V. I.

Madrid, 19 de junio de 1998.–El Presidente, Ubaldo Nieto de Alba.

Ilmo. Sr. Secretario general del Tribunal de Cuentas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid